Presentar una queja
Cómo se puede presentar una queja al CIC
QUIÉN SE PUEDE DIRIGIR AL CIC Y CÓMO HACERLO
Cualquier persona física o jurídica puede presentar un escrito de queja por la lesión cometida por un medio de comunicación de los principios reconocidos por el Código Deontológico de la profesión periodística.
Los escritos de queja deberán trasladarse a la Fundación y se tendrán que especificar los datos personales del individuo que se queja o de la entidad a la que representa, si es necesario, así como el medio de comunicación autor de la lesión y el principio o principios deontológico que considere vulnerados con una breve descripción de los hechos y la explicación de la queja.
El escrito de queja también tendrá que acompañar la información o informaciones que se considere que presuntamente vulneran los criterios de ética periodística. En el caso de los medios audiovisuales, se deberá especificar la fecha del programa en la que ha aparecido la información y una breve descripción del mismo, indicando las partes que considere que vulneran el Código Deontológico.
CÓMO DIRIGIR EL ESCRITO DE QUEJA
- Por escrito, dirigiéndose a la sede de la Fundación (Rbla. Catalunya 10 pral 2ª)
- Por FAX, al 93.317.83.86
- Por email a cic@periodistes.org cic@periodistes.org
TRAMITACIÓ ORDINARIA DE LA QUEJA
Una vez se ha registrado el escrito de queja en la Fundación, la presidencia resolverá en primer lugar su admisión a trámite. Aceptada la queja, ésta será trasladad al medio autor de la presunta lesión para que pueda formular las alegaciones que estime oportunas.
Finalizado el periodo que se concede al medio de comunicación para hacer las alegaciones, se designará un ponente o una comisión informativa, si fuera necesario, para que pueda emitir un dictamen y el informe correspondiente. También se podrán pedir informes técnicos para aclarar el contenido de la queja a entidades o personas expertas.
Por último, la presidencia, una vez se ha entregado la ponencia, incorporará un informe resumiendo todas las actuaciones del expediente y dispondrá su inclusión en el orden del día de la correspondiente reunión para que los miembros del CIC decidan la resolución final, la cual será notificada oportunamente a las partes. Asimismo, el acuerdo que adopte el CIC figurará en la memoria anual y a través de la web.