CLICKBAIT El Col.legi de Periodistes, el Consell de la Informació de Catalunya i onze universitats denuncien el ‘clickbait’ com una amenaça pel periodisme

En defensa dels valors ètics del periodisme                                                              El CIC és l’òrgan d’autoregulació de la professió periodística a                                                                                                                                                     Catalunya que vetlla pel compliment del Codi Deontològic 

El CIC critica una decisión judicial que avala prejuicios y falsedades

      El Consell de la Informació de Catalunya (CIC) muestra su preocupación por una decisión judicial que avala prejuicios y falsedades que tantas veces hemos denunciado desde esta institución. La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso presentado por la Fiscalía en contra de Vox por el cartel electoral que incriminaba a los y las menores de edad migrantes (no acompañados). Los jueces consideran “con independencia de si las cifras que se ofrecen son o no veraces, [los / las menores extranjeros] representan un evidente problema social y político“. Se amparan para hacerlo en la libertad de expresión y en el “pluralismo de una sociedad democrática”.

Todos los datos conocidos hasta el momento contradicen que los / las menores extranjeros no acompañados supongan un “problema social y político” en la Comunidad de Madrid, en la linea en la que el cartel de Vox buscaba transmitir. Según los últimos datos oficiales, la Comunidad de Madrid tenía en su red de protección de la infancia a 3.709 menores acogidos. De ellos, 2.637 son españoles, un 71,1% del total. Por su parte, 1.072 son extranjeros, de los cuales sólo 269 son menores extranjeros no acompañados, en fecha de 31 de marzo.

El CIC considera que la libertad de expresión no puede fundamentarse en datos falsos, ni puede ser utilizada para alimentar los prejuicios contra colectivos vulnerables. Como entidad que vela por el derecho a una información veraz y no discriminatoria, creemos que la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid puede, de forma indirecta, reforzar los que practican el discurso de odio, ya sea en los ámbitos políticos como mediáticos .

Por eso recordamos a los periodistas el cumplimiento de los criterios 1 y 12 del Código Deontológico

Criterio 1

El profesional del periodismo está comprometido con la búsqueda de la verdad y, consecuentemente, tiene la obligación de acercarse a la realidad de los acontecimientos con la máxima fidelidad posible. Los medios deben observar siempre una clara distinción entre las informaciones y las opiniones, difundir únicamente informaciones contrastadas con diligencia, y evitar la difusión de conjeturas y rumores como si se tratara de hechos.

Criterio 12

No se puede discriminar a ninguna persona debido a su condición sexual, discapacidad física o mental, creencias, origen étnico, nacionalidad y extracción social. Asimismo, hay que evitar expresiones vejatorias que puedan incitar al odio y al uso de la violencia. Los periodistas deben ser especialmente sensibles con la diversidad y actuar con sentido de justicia y respeto a las personas y los grupos afectados.

 

 

 

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