Dictamen
Le comunicamos que hemos recibido su queja en el Consell de la Informació de Catalunya (CIC) y que una vezanalizada la misma lamentablemente no se puede admitir a trámite porque se trata de un artículo de opinión,
especificado como tal, y no entran dentro de las competencias del CIC ni en el ámbito del Código Deontológico los
artículos de opinión.
